Contenido del curso

  • I. Régimen de Detracciones:

      1. Ámbito de aplicación y base del cálculo de la Detracción. Definición de “importe de la operación”.

      • Aplicación del sistema a los bienes y servicios.
      • Aplicación del sistema al transporte de bienes vía terrestre.
      • Aplicación del sistema al transporte público de pasajeros.
      • Aplicación del sistema a los sujetos del Impuesto a la Venta de Arroz Pilado.

      2. Aplicación de la detracción en el caso de los adelantos y pagos parciales.

      3. Servicios sujetos a la detracción como condición de venta de bienes no sujetos a la misma.  

      4. El principio de accesoriedad en la aplicación de la detracción.

      5. Momento y plazos para efectuar la detracción y el depósito.

      6. Periodo a consignar y la contingencia de inconsistencias (causal de ingreso como recaudación) por consignar un periodo errado.

      7. Infracciones tributarias por el no depósito de la detracción.

        7.1. Contingencias tributarias con el crédito fiscal.

      • Declarar cifras o datos falsos – crédito fiscal determinado indebidamente ¿Se pierde definitivamente el crédito fiscal?
      • Cálculo y determinación de la multa.
      • Aplicación del Régimen de Gradualidad al amparo de la RS 063-2007/SUNAT; ¿Cuándo corresponde la rebaja del 95%, 70%, 60% ó 40%?

        7.2. Cálculo de la multa y gradualidad por no efectuar el depósito de la detracción (usuario o proveedor) dentro del plazo establecido.

      8. El ingreso como recaudación de la cuenta de detracciones por la comisión de las causales señaladas en el numeral 9.3 del artículo 9° del Decreto Supremo N°155-2004-EF

      • ¿Qué es un ingreso como recaudación? ¿Cuáles son las causales?
      • Excepciones al ingreso como recaudación al amparo de la RS 375-2013/SUNAT (publicado el 28.12.2013)

      9. Nuevo procedimiento de ingreso como recaudación – RS 184-2017/SUNAT (vigente desde el 07.08.2017)

      10. Desarrollo de casos prácticos.

      11. Informes de SUNAT y Jurisprudencia del Tribunal Fiscal.

      12. Aplicación de la detracción en el caso de los adelantos y pagos parciales.

      13. Últimas modificaciones 2022.

      • Liberación extraordinaria de fondos de las cuentas de detracciones, facilidades para el pago de cuotas de fraccionamiento y otros – Resolución de Superintendencia N° 058-2020/SUNAT 
      • Modificaciones establecidas respecto a los bienes, servicios afectos y porcentajes aplicables – Resolución de Superintendencia N° 246-2017/SUNAT vigente desde el 16.10.2017, Resolución de Superintendencia N° 071-2018/SUNAT, Resolución de Superintendencia N° 082-2018/SUNAT vigente desde el 01.04.2018, Resolución de Superintendencia N° 152-2018/SUNAT vigentes desde el 16.06.2018, y Resolución de Superintendencia N° 130-2019/SUNAT vigente desde el 01.01.2019.


  • II. Régimen de Retenciones

  • III. Régimen de Percepciones

¿Para quién es este curso?

Empresarios, contadores, abogados, administradores, funcionarios y supervisores que por la naturaleza de sus responsabilidades participan en la gestión de sus organizaciones y son responsables de la conducción de grupos de trabajo. Asimismo, a estudiantes y público en general.

Instructores

Juan Carlos García Roca

Juan Carlos García Roca

Abogado egresado de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Gerente de Impuestos de Grupo Contable. Reconocido por su amplia experiencia y conocimiento en materia tributaria, ha sido el expositor principal en el Congreso Tributario del Perú y ha participado como ponente en numerosas jornadas tributarias organizadas por instituciones como Grupo Contable, la Cámara de Comercio de Lima, la Cámara de Comercio Americana del Perú, y el Instituto Nacional de la Empresa y el Desarrollo Integral (INEDI). Además, ha colaborado con los Colegios de Contadores de diversas regiones del Perú, incluyendo Lima, Cusco, Arequipa, Piura y La Libertad, compartiendo su expertise y fomentando el desarrollo profesional en el campo tributario. En su trayectoria profesional, también ha contribuido como miembro del Comité de Redacción del Informativo Caballero Bustamante y ha desempeñado funciones clave como funcionario en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).