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Tratamiento contable de aumento de capital

1 de marzo de 2025 por
Tratamiento contable de aumento de capital
Grupo Contable

Las organizaciones en el Perú gestionan el incremento de su capital por diversas razones estratégicas, ya sea para expandir líneas de negocio, facilitar fusiones o atender nuevas demandas del mercado. Estas operaciones impactan directamente en el patrimonio, fortaleciendo la posición financiera de los accionistas o socios.

Para ejecutar correctamente estas variaciones patrimoniales, es indispensable alinear el registro contable con los requisitos de la Ley General de Sociedades (LGS) y el Marco Conceptual para la Información Financiera.

Marco normativo

Desde la perspectiva legal, el artículo 201 de la Ley N° 26887 establece que el aumento de capital se acuerda en Junta General, requiere modificación de estatutos, debe constar en escritura pública e inscribirse en los Registros Públicos. Las modalidades admitidas incluyen nuevos aportes, capitalización de créditos, utilidades, reservas o excedentes de revaluación.

Contablemente, los derechos sobre el patrimonio representan la parte residual de los activos una vez deducidos los pasivos5. Estos derechos no cumplen con la definición de pasivo y pueden instrumentarse mediante acciones u obligaciones de emitir derechos patrimoniales.

Caso Práctico

Para ilustrar la dinámica contable, analizamos la operación de la Compañía FONAFE:

  • Acuerdo: El 14 de diciembre de 2021, el Directorio acuerda un aumento de capital por S/ 15,000,000.

  • Modalidad: Aporte de bienes no dinerarios, detallados así:

    • Inmueble (Edificio): S/ 12,500,000.

    • Maquinaria y equipo: S/ 2,500,000.

  • Formalización: La inscripción en SUNARP se concreta el 20 de enero de 2022.

Solución

El Plan Contable General Empresarial (PCGE) distingue el momento del acuerdo del momento de la formalización legal. Se utiliza la cuenta 52 (Capital Adicional) para registrar los aportes mientras el proceso de inscripción en SUNARP está pendiente. Una vez inscrito, se reclasifica a la cuenta 50 (Capital Social).

A continuación, se presenta la secuencia lógica de los asientos contables:

1. Suscripción del capital

Se reconoce el derecho de cobro a los accionistas y el incremento patrimonial en trámite tras el acuerdo del 14 de diciembre de 2021.

CuentaDenominaciónDebe (S/)Haber (S/)
1421Suscripciones por Cobrar a Socios o Accionistas15,000,000.00


5221Capitalizaciones en Trámite - Aportes


15,000,000.00


14/12/2021 Por el aumento de capital social por aportes



2. Recepción de los aportes no dinerarios

La empresa recibe los activos (edificio y maquinaria) y cancela el derecho de cobro contra los socios.

CuentaDenominaciónDebe (S/)Haber (S/)
332Edificaciones12,500,000.00


333Maquinaria y Equipo de Explotación2,500,000.00


1421Suscripciones por Cobrar a Socios o Accionistas


15,000,000.00


Por la recepción del aporte de capital (bienes) de los accionistas



3. Formalización legal del aumento

Una vez inscrito el aumento en los Registros Públicos el 20 de enero de 2022, se procede a reclasificar la partida patrimonial transitoria a la cuenta definitiva de capital social.

CuentaDenominaciónDebe (S/)Haber (S/)
5221Capitalizaciones en Trámite - Aportes15,000,000.00


5011Capital Social - Acciones


15,000,000.00


20/01/2022 Por la inscripción del aumento de capital en SUNARP



La distinción temporal entre la cuenta 52 y la cuenta 50 no es meramente formal; refleja la realidad jurídica de la empresa frente a terceros y garantiza que los estados financieros expongan con precisión qué porción del patrimonio ya goza de la protección y publicidad registral definitiva.

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